lunes, 18 de mayo de 2009

Arrendamiento.

Forma de explotación de aprovechamiento indirecto. Una tierra se lleva en arrendamiento si el titular disfruta de los aprovechamientos de la misma mediante pago de un canon o renta ya sea en metálico, en especie o en ambas cosas a la vez independientemente de los resultados de la explotación.

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